A- de 2018
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Maria Yolanda Mendez Muñoz·Demandado Sociedad Bioquimico Pharma S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Por factor funcional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Bogotá y el Juzgado Cuarto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de la misma ciudad.
La controversia se generó en torno a la diversidad de criterios respecto a la autoridad competente para resolver la impugnación formulada contra el fallo proferido por el Juzgado 52 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá.
La Corte considera que el Juzgado Cuarto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento mencionado fue quien incumplió su obligación de resolver el recurso de alzada, con lo cual desconoció el contenido del artículo 32 del Decreto 2591 de 1991.
Se dirime el asunto con la remisión del expediente al precitado despacho, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se hace una advertencia a dicha autoridad para que en lo sucesivo decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 8 de enero de 2018, proferido por el Juzgado 4o Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Bogota, dentro de la accion de tutela formulada por Maria Yolanda Mendez Munoz en representacion de la compania Bioquimico Pharma S.A en contra de la Secretaria Distrital de Movilidad de Bogota.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3328, que contiene la accion de tutela presentada por Maria Yolanda Mendez Munoz en representacion de la compania Bioquimico Pharma S.A, al Juzgado 4o Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Bogota para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado 4o Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Bogota, para que, en lo sucesivo, decida de conformidad con la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el proposito de eliminar las barreras en el acceso a la administracion de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Cuarto. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a las partes y al Juzgado 3deg Penal del Circuito Especializado de Bogota, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.